La norma entra en vigor en diciembre de 2021 y afecta a cítricos, la adelfa o el olivo
La Unión Europea ha publicado en su Diario Oficial un listado de 8 especies vegetales a las que obliga a incluir el código de trazabilidad en el pasaporte fitosanitario. El artículo 83 de la norma 2016 / 2031 permite no exigir el código de trazabilidad a vegetales de plantaciones que “estén preparados de tal manera que estén listos para su venta a los usuarios finales sin ninguna preparación adicional y no exista riesgo en relación con la propagación de plagas cuarentenarias de la Unión ni de plagas sometidas (…)”. Es decir, no se solicita, por ejemplo, si pasa de un vivero a un consumidor final.
Sin embargo, la administración se reserva la decisión de decidir qué plantas no pueden acogerse a esta exención. Estas son: los género Citrus y Coffea; la Lavandula dentata L., Nerium oleander L., Olea europea L., Polygala myrtifolia L., Prunus dulcis (Mill.) D. A. Webb y Solanum tuersoum L. Quedan fuera de esta aplicación las semilas.
La administración toma esta decisión, señala, debido a que “algunos de estos vegetales para plantación han sido interceptados, mientras se trasladaban dentro de la Unión, por albergar plagas cuarentenarias de la Unión”. La aplicación de este Reglamento entrará en vigor el 31 de diciembre de 2021.
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